Palacio de Pignatelli.

El Gobierno de Aragón o Diputación General ejerce la función ejecutiva de la Comunidad Autónoma de Aragón. El Estatuto de Autonomía de Aragón, según la redacción dada por la Ley Orgánica 5/1996, de 30 de diciembre, en su artículo 35.1.4ª atribuye a la Comunidad Autónoma competencia exclusiva para la conservación, modificación y desarrollo del Derecho Civil Aragonés.

Desde 1985 el Gobierno de Aragón ha puesto en marcha iniciativas legislativas para mantener vivo y actual ese Derecho, así como diversas actuaciones dirigidas a su mejor conocimiento y difusión. El Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales tiene especialmente encomendadas las competencias en esa materia. A él está adscrita la Comisión Aragonesa de Derecho Civil.

Marcelino Iglesias Ricou
Presidente del Gobierno de Aragón

José Ángel Biel Rivera
Vicepresidente del Gobierno de Aragón
y Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales

Decía COSTA, en certera afirmación, que “Aragón se define por el Derecho”. Ese Derecho, con una tradición histórica que tiene su punto de partida en los Fueros de Aragón de 1247, es razón que legitima la existencia de la propia Comunidad Autónoma. Por ellos se puede hablar, como lo hace el artículo 1 de nuestro Estatuto de Autonomía de “su unidad e identidad históricas como nacionalidad”.

El Derecho Civil Aragonés es una de las señas de identidad de Aragón. A la Comunidad Autónoma, entre sus competencias exclusivas, le está atribuida la conservación, modificación y desarrollo del Derecho Civil Aragonés, tal y como proclama el artículo 35.1.4 de nuestro Estatuto.

Y, en esta misma línea, la Disposición Adicional Tercera del mismo cuerpo legal establece que: “La aceptación del régimen de autonomía que se establece en el presente Estatuto no implica la renuncia del pueblo aragonés a los derechos que como tal le hubieran podido corresponder en virtud de su historia, los que podrán ser actualizados de acuerdo con lo que establece la disposición adicional primera de la Constitución”.

La creación de la Biblioteca Virtual de Derecho Civil Aragonés, es un acto que aúna tradición con presente y modernidad.

ANTICH DE BAGÉS, fuerista aragonés del siglo XV y uno de los más importantes de todos los tiempos, relata cómo alguno de los jurisconsultos que confeccionaron las Colecciones de Observancias del Reino de Aragón, procuraron dejar fuera muchas Observancias antiguas. No para evitar que se aplicaran en el futuro, sino para ser ellos los únicos en conocerlas. Si se compilaban todas las Observancias, los jurisconsultos nuevos vendrían a saber en poco tiempo tanto como los viejos, y no los respetarían; en cambio, conservando parte de las Observancias inéditas, en sus cabezas, serían siempre respetados por los jurisconsultos jóvenes, que irían a aprender de ellos las no publicadas.

Con la Biblioteca Virtual de Derecho Aragonés, estamos impidiendo conductas como la de aquél dirigente que después de grabar sus leyes en bronce colocó las tablas a tal altura que nadie alcanzara a leerlas.

La Biblioteca contiene en imagen todas las obras impresas relativas al Derecho civil aragonés, desde las dos ediciones incunables de los Fueros de Aragón, en las tempranas fechas de 1477 y 1496, a las más recientes monografías y revistas de la especialidad, pasando por clásicos de la talla de Miguel del Molino o Franco de Villalba. Se calculan más de 300.000 páginas, que los estudiosos podrán consultar con las facilidades de búsqueda y manipulación que proporcionan los modernos medios informáticos.

En este momento de alegría, quiero tener un recuerdo especial a tantos aragoneses que a lo largo de los siglos han hecho tanto por la conservación y mejora de nuestro Derecho Civil Aragonés. Y quisiera animar, especialmente, a la Comisión Aragonesa de Derecho Civil y, en ella, a su Presidente, Profesor Delgado Echeverría, a continuar con el camino emprendido.

Quiero terminar recordando, otra vez, las palabras de COSTA: “Ofrezco al pueblo aragonés una fotografía aunque descolorida, fiel, de sus más originales creaciones jurídicas, a fin de que, viendo objetivado en ellas su propio ser se mueva a defenderlas contra peligros que las amenazan, y no las deje perder por negligencia y abandono, como en otro tiempo la libertad política”.

Gracias a esta Biblioteca, desde cualquier lugar del mundo podrán estudiarse y apreciarse la aportación singular que a lo largo de los siglos ha ofrecido Aragón al Derecho y a la Ciencia del Derecho.

Marcelino Iglesias Ricou
Presidente del Gobierno de Aragón

Es notoria y comúnmente reconocida la importancia del Derecho civil de Aragón como seña de identidad y manifestación relevante de nuestra historia y hecho diferencial de nuestra Comunidad Autónoma. Ese Derecho civil, con normas y principios propios, que tiene sus raíces en la tradición jurídica aragonesa y entronca con los antiguos Fueros y Observancias, ha de mantenerse atento a la realidad social de cada momento histórico para que sea un Derecho vivo que combine adecuadamente tradición y modernidad. De ahí que, una vez recogida en nuestro Estatuto de Autonomía la competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma para su conservación, modificación y desarrollo, existiera especial interés en integrar en el ordenamiento jurídico aragonés la Compilación del Derecho Civil de Aragón de 1967 y, posteriormente, promover y aprobar diversas modificaciones y actualizaciones, entre las que han tenido especial relevancia las efectuadas por la Ley 1/1999, de 24 de febrero, de sucesiones por causa de muerte, y la ley 2/2003, de 12 de marzo, de régimen económico matrimonial y viudedad. Esa labor de actualización ha contado con la calidad técnica necesaria, avalada por el trabajo serio y riguroso de la Comisión aragonesa de Derecho civil, y con una excepcional voluntad de consenso y acuerdo de todos los Grupos parlamentarios de las Cortes de Aragón.

Junto a esa labor de actualización normativa, necesaria para que el Derecho aragonés sea un Derecho que dé respuesta a las nuevas circunstancias y necesidades de la sociedad aragonesa, resulta imprescindible facilitar su conocimiento y aplicación. De ahí las publicaciones de los textos legales actualizados y la colaboración del Gobierno de Aragón en diversas actividades formativas e informativas, de las que es buena muestra el Curso de Derecho aragonés que imparte desde hace trece años la Facultad de Derecho de Zaragoza, a través de la cátedra “Lacruz Berdejo” y que incluye la enseñanza de nuestro Derecho civil.

Para mejorar el conocimiento y la aplicación de ese Derecho propio hoy resulta obligado acudir a las nuevas tecnologías, que abren posibilidades de difusión y acceso antes inimaginables. Conscientes de ello, la Comisión Aragonesa de Derecho Civil propuso y el Gobierno de Aragón asumió promover una Biblioteca virtual de Derecho aragonés, que recogiera, a través de su digitalización en imágenes y su edición en DVD, las obras impresas relativas a ese Derecho en todas las épocas, desde el siglo XV hasta nuestros días. A esa iniciativa prestaron su entusiasta colaboración, imprescindible por la envergadura del proyecto, las Cortes de Aragón, el Justicia de Aragón y la Universidad de Zaragoza, así como Ibercaja y Caja de la Inmaculada, Entidades financieras aragonesas que han prestado su apoyo económico al mismo.

Asumida la gestión del proyecto de Biblioteca por el Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales, se encargó la dirección científica del proyecto a D. Jesús Delgado Echeverría y D. José Antonio Serrano García, Presidente y   Secretario de la Comisión Aragonesa de Derecho Civil. Una Comisión formada por representantes de las Instituciones patrocinadoras ha tenido a su cargo  el impulso y el seguimiento del proyecto.

Para concretar la idea inicial se contó en los primeros pasos con las indicaciones y consejos de D. Ignacio Hernando de Larramendi, ya fallecido, y de la Fundación Hernando de Larramendi. Para su realización, se ha contado con DIGIBIS, S.L., empresa especializada en publicaciones digitales y que, consciente de la importancia de la tarea, ha trabajado con entusiasta adhesión al proyecto.

La Biblioteca virtual de Derecho aragonés es hoy una realidad, tras una labor de tres años, y comprende, junto a las obras impresas sobre Derecho aragonés desde la introducción de la imprenta hasta nuestros días, diversas obras auxiliares y más de cuatro mil de piezas de “Alegaciones en fuero y derecho”, que enriquecen el conjunto por su interés para la historia del Derecho en Aragón. En total, más de 300.000 imágenes digitalizadas, presentadas en nueve DVD, con el correspondiente estudio introductorio y descriptores que facilitan la búsqueda de las distintas materias.

Se trata, pues, de un monumental compendio de nuestro Derecho, instrumento de trabajo que hará posible la presencia de Aragón en Universidades, foros de estudio e investigación y despachos profesionales, permitiendo el acceso universal a muchos documentos y obras que hasta ahora estaban en la práctica fuera de alcance.

Se da así también testimonio de la importancia del Derecho Civil de Aragón, reflejo de una forma de ser y de pensar, impregnada del respeto a la libertad y a los pactos, de la que queda constancia en la obra de tantos  juristas que han dejado su impronta a lo largo de los siglos. Porque Aragón ha sido siempre tierra de derechos y libertades, y en su Derecho ha estado siempre presente la aspiración a la justicia.

Por eso se ofrece esta Biblioteca, resultado de la entusiasta colaboración de tantas personas e Instituciones, con ilusión, satisfacción y esperanza de que sea útil a profesionales, estudiosos e investigadores. Y, al mismo tiempo, con la seguridad de que conocer mejor nuestra Historia y nuestro Derecho supone comprender también mejor a Aragón como Comunidad diferenciada, proyectada hacia el futuro, con derechos y aspiraciones legítimas e irrenunciables.

José Ángel Biel Rivera
Vicepresidente del Gobierno de Aragón
y Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales