Es BIVIDA un espejo, en que se ven retratadas todas las páginas que, desde la invención de la imprenta,  fueron impresas para perpetuar, comunicar, documentar, explicar o aplicar el Derecho aragonés.

El Espejo del Derecho Aragonés

Página a página,304.000 imágenes asociadas a las fichas catalográficas de las obras.

Las imágenes corresponden, aproximadamente, a 1.884  libros, 686 artículos de revistas y 4.483 piezas de "Alegaciones en Fuero y Derecho".

Portada de la obra de Vagad, imagen emblemática en el Derecho y la Historia de Aragón.

Es posible buscar por cualquiera de los términos contenidos en cualquiera de los campos de las fichas (autor, título, etc.; también por descriptores específicos o por grandes temas o materias).

Contiene además algunos títulos en formato PDF:

El Fuero de Montalbán. Zaragoza, El Justicia de Aragón, Ayuntamiento de Montalbán e IberCaja, 2000; Las Observancias de Jimeno Pérez de Salanova. Zaragoza, El Justicia de Aragón, 2000; Observancia, aplicación e interpretación del ordenamiento jurídico aragonés. Año 2000. Zaragoza, El Justicia de Aragón, 2002; Observancia, aplicación e interpretación del ordenamiento jurídico aragonés. Año 2001. Zaragoza: El Justicia de Aragón, 2002; Los Fueros de Aragón. La compilación de Huesca. Zaragoza: El Justicia de Aragón, 1999; y Derecho civil de Aragón. Zaragoza, 2003.

Las secciones de BIVIDA, y las obras que pueden encontrarse en cada una de ellas.

Así se ha hecho BIVIDA.

EL ESPEJO DE BIVIDA

La prudencia mira el espejo.

La prudencia mira el espejo.

El tema central de esta BIVIDA es el Derecho Civil de Aragón.

Por ello pretende contener todas las obras relativas al Derecho Civil vigente, lo mismo que, con igual pretensión de exhaustividad, todas las obras que hacen referencia a algún aspecto de su Historia.

De este modo, comprende la inmensa mayor parte de las obras pertinentes a la Historia del Derecho Aragonés en todas sus ramas y facetas, así como muchas otras Obras Auxiliares de interés tanto para historiadores en general como para estudiosos del Derecho civil.

"Fueros y observancias del reyno de Aragón". Editado en 'Çaragoça'. Siglo XVII.
Página de los "Fueros y observancias del reyno de Aragón".

1. FUENTES: EDICIONES HISTÓRICAS

(154 obras)

La parte central de esta sección está constituida por las fuentes del Derecho territorial del Reino de Aragón: en particular, las colecciones de Fueros, Observancias y Actos de Corte. A ellas se añaden Cuadernos de Cortes que contienen los fueros aprobados en determinada reunión de las Cortes de Aragón.

Pero son más numerosos los ejemplares de fuentes relativas a la Ciudad de Zaragoza o a otras ciudades y villas (Ordinaciones y Estatutos, principalmente). También, Fueros de Teruel y de Albarracín.

En muchos casos hay ediciones actuales, en principio preferibles. Así ocurre, en particular, con el Cuerpo de Fueros, Observancias y Actos de Corte, para el que la edición de referencia sigue siendo: Savall y Dronda, Pascual, y Penén Debesa, Santiago, Fueros, Observancias y Actos de Corte del Reino y Aragón, Zaragoza, 1866. Fue enriquecida en la reproducción facsimilar de 1991 (El Justicia de Aragón e Ibercaja, Zaragoza) con un tercer volumen de estudios, traducciones e índices.

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BIBLIOGRAFÍA:

Peréz Martín, Antonio, "Introducción" a Fori Aragonum von Codex von Huesca (1247) bis zur Reform Philipps II (1547) nach der Ausgabe Zaragoza 1476/1477. Ed. facsimilar, Topos Verlag-Vaduz/Liechtenstein, 1979, pp. 1-100.

Delgado Echeverría, Jesús, y Centellas, Ricardo, Segunda Muestra de Documentación Histórica Aragonesa. Los Fueros de Aragón, catálogo de la Exposición realizada en Zaragoza, abril de 1989. Centro de Documentación Bibliográfica Aragonesa y Diputación General de Aragón.

Delgado Echeverría, Jesús: "Estudio preliminar", en el T. III de la ed. facsimilar de Fueros, Observancias y Actos de Corte del Reino de Aragón de Savall y Penén (ed. del Justicia de Aragón e Ibercaja, Zaragoza, 1991), pp. 11-38.

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"Fueros, observancias, actos de Corte, usos y costumbres, con una reseña geográfica é histórica, del reino de Aragón", tomo I, por el doctor Don Luis Parral y Cristóbal. Zaragoza, 1907.

2. FUENTES: EDICIONES CONTEMPORÁNEAS

(72 obras)

En general, es a las ediciones contenidas en esta sección a las que el estudioso debe acudir en primer lugar, con preferencia a las ediciones históricas.

Para el Derecho territorial del Reino, destacamos: Savall y Dronda, Pascual, y Penén Debesa, Santiago, Fueros, Observancias y Actos de Corte del Reino y Aragón, Zaragoza, 1866. Fue enriquecida en la reproducción facsimilar de 1991 (El Justicia de Aragón e Ibercaja, Zaragoza) con un tercer volumen de estudios, traducciones e índices.

Se encuentran también la edición que M. Molho hizo del Fuero de Jaca; las de Tilander, para los Fueros de Aragón de 1247 y para el "Vidal Mayor"; así como la de todos los manuscritos romances de los Fueros publicada por Pérez Martín en 1999.

Respecto de las Observancias, son capitales la edición de las de Jaime de Hospital por Martínez Díez, y la de las de Pérez de Salanova por A. Pérez Martín.

Además, ediciones de fueros breves, cartas de población y otros textos relacionados.

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BIBLIOGRAFÍA:

Delgado Echeverría, Jesús, Los Fueros de Aragón, Colección "Mariano de Pano y Ruata", 13. Caja de Ahorros de la Inmaculada de Aragón, Zaragoza, 1997, pp. 169 ss.

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"Decisionum sacri senatus regii, regni aragonumet ciriae domini iustitiae aragonum causarum civilium". Tomus tertius. Caesaraugustae, 1627.
Página del "Decisionum sacri senatus regii..."
"Suma de los fueros y observancias del noble e ínclito reyno de Aragón". 1524.
Tractatus de consortibus eiusdem rei et fideicommiso legali. Caesaraugustae, 1720.

3. CLÁSICOS: SIGLOS XVI-XVIII
(104 obras)

Puede decirse que BIVIDA contiene todas las obras impresas de los clásicos del Derecho aragonés. Es éste uno de sus puntos fuertes.

Excepcionalmente, se reproduce también un manuscrito de obra muy conocida: Antich de Bagés, Glosas a las Observancias, h. 1437 (ms. M-95 BUZ).

A. Siglo XVI.

a) La obra más importante de los siglos XVI y XVII es el Repertorium de Miguel Del Molino (publicado por vez primera en 1513). En sus voces ordenadas por orden alfabético se resumen los Fueros y Observancias pertinentes y se explican concisamente los puntos controvertidos, con cita de decisiones judiciales (muchísimas del Justicia) y opiniones de foristas y juristas.

Su éxito lo muestran las ediciones de 1554 y 1585, los voluminosos Scolia sive Adnotationes con que Portolés enriqueció el Repertorio (entre 1587 y 1592) y su utilización, confesada o no, por autores posteriores, hasta nuestros días.

b) Manuales ("Sumas"). Jaime Soler publicó en 1524 una breve Suma de los Fueros y Observancias del noble e ínclito reino de Aragón. Es la primera Suma impresa que conocemos, y la primera escrita en castellano.

Con sólo dos años de distancia entre sí (1587 y 1589) aparecen otras dos Sumas de los Fueros y Observancias, de Bardaxí la primera y de Bernardino de Monsoriu la otra. A diferencia de la de Soler, siguen el orden de la recopilación de Monzón, 1552. Son libros elementales para facilitar la práctica, sobre todos a quienes no han estudiado Derecho en la Universidad ni leen cómodamente el latín.

Juan Ibando de Bardaxí es también autor de unos elegantes Comentarios a los cuatro primeros libros de los Fueros, en latín, que salieron póstumos en 1592.

c) Práctica procesal. Del último tercio del siglo XVI son dos importantes obras para la práctica de los tribunales y ante los tribunales: el Libro de la práctica iudiciaria del reyno de Aragón, de Pedro de Molinos (1575, con reediciones en 1625 y 1649), que parece ser la que tuvo mayor predicamento, y Methodus, sive ordo procedenti judiciarus Stylum et Foros Aragoniae, de Miguel Ferrer (1579).

d) Decisiones. Casi al final de este siglo (1598) aparece la primera colección de decisiones de la Real Audiencia: Monter de la Cueva, Martín, Decisionum Sacrae Regiae Audientiae Caesaraugustanae civilium Regni Aragonum. Merecía la pena coleccionar y estudiar las resoluciones de la Real Audiencia del Reino de Aragón porque sus decisiones estaban motivadas, es decir, expresaban los normas que habían de aplicar, las interpretaban y argumentaban el sentido del fallo: algo prohibido a los Tribunales en casi toda Europa (en Aragón quedó prohibido por aplicación de las leyes de Castilla tras la Nueva Planta).

e) Monografías. Las monografías más importantes en el Derecho civil aragonés histórico son las de Portolés, Tractatus de consortibus eiusdem rei et fideicomiso legali (sobre el consorcio foral), impresa en 1584, 1619 y 1691; y la de Andrés Serveto de Aniñon, Tractatus de succesionibus ab intestato secundum Leges Aragoniae (Bolonia, 1558).

B. Siglo XVII. Se publican en este siglo otras importantes colecciones de dictámenes y decisiones de tribunales, como las de Luis de Casanate, José Sessé y Piñol, Juan Cristóforo de Suelves y Español y Juan Crisóstomo Vargas Machuca. Son gruesos volúmenes de heterogéneo contenido, insuficientemente explorados por los estudiosos.

C. Siglo XVIII. Todavía en los pocos años del siglo XVIII en que estuvieron vigentes en su integridad los Fueros de Aragón se publicó la primera edición (1703; hubo otra en 1788) del Tyrocinium de Lissa y Guevara (Gil Custodio). Obra didáctica, de iniciación, en los moldes de las Instituciones de Justiniano.

Aunque su obra salió a la luz ya tras la abolición de los Fueros, puede considerarse como el último forista, que señala el punto final de una época, a Luis Franco de Villalba, magistrado que ya había hecho carrera con los Austrias y será muy influyente con Felipe IV (V de Castilla). Su voluminoso "Código" (Fororum et Observantiarum Regni Aragonum Codex sive enodata methodica compilatio jure civile et canonico fulcita, legibus Castelae conciliate, atque omnigena eruditione contexta, Zaragoza, 1727) es un complicado y farragoso almacén de heterogénea erudición e intención, en que los Fueros y Observancias se relacionan y comparan con el Derecho castellano (ya, prácticamente, Derecho supletorio en Aragón), el romano y el canónico, con cita de autores de países y épocas distintas.

La Ilustración a los quatro processos forales de Aragón, de Juan Francisco La Ripa, vio la luz por vez primera en 1764. Utiliza obra anterior del magistrado de la Audiencia Francisco Carrasco, que corría en copias manuscritas.

La Segunda Ilustración de La Ripa(1772) tiene mayor ambición histórica y doctrinal, además de aportar en las últimas cincuenta páginas una monografía sobre el régimen económico matrimonial, tal como lo regulaban los fueros o podía pactarse en capítulos, incluido, naturalmente, el derecho de viudedad.

En 1771 publica Ignacio Jordán de Asso, junto con Miguel de Manuel, un manualito dedicado a la enseñanza en las Universidades del Derecho "vigente" (no ya el romano), con el título Instituciones del Derecho civil de Castilla, en el que, al fin de cada uno de los capítulos, "se añaden las diferencias que de este Derecho se observan en Aragón por disposición de sus Fueros".

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BIBLIOGRAFÍA:

Lacruz Berdejo, José Luis, "Contribución a la metodología del Derecho privado en Aragón", ADA, 1945, págs. 102 (muy crítico respecto de muchos autores medievales y modernos, en especial cuando su romanismo es predominante).

Alonso y lambán, Mariano, "Apuntes sobre juristas aragoneses de los siglos XVI y XVII", AHDE (23) 1963, págs. 625-637.

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Marceliano Isabal.

Marceliano Isabal.

4. OBRAS GENERALES, DE JURISPRUDENCIA, MANUALES, PANORÁMICAS Y REVISTAS

(SIGLOS XIX-XXI)

(1.023 obras)

Esta sección contiene todo lo publicado sobre Derecho civil de Aragón desde el siglo XIX, salvo las monografías en forma de libro y los artículos de revista publicados en aquéllas que no se dedican específicamente al Derecho aragonés.

Por tanto, se encuentra en esta sección la colección entera del Anuario de Derecho Aragonés (1944-1976), lo mismo que la Revista de Derecho civil aragonés (1995-2000) y las Actas de los Encuentros del Foro de Derecho aragonés (1991-2000). También artículos de enciclopedias, algunas obras de Derecho civil español que tienen especial interés para el Derecho aragonés, repertorios de jurisprudencia, o los Informes del Seminario de la Comisión compiladora.

También, naturalmente, entre otras obras imprescindibles, las Instituciones de Franco y Guillén (1841), la Exposición y comentario de Marceliano Isabal (1925) y los Comentarios a la Compilación que dirigió Lacruz Berdejo (desde 1988).

En esta Sección y en la siguiente los descriptores adquieren un papel más relevante en las búsquedas.

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Biblioteca de la Universidad de Zaragoza.

Biblioteca de la Universidad de Zaragoza.

5. MONOGRAFÍAS Y ARTÍCULOS (SIGLOS XIX- XXI)
(1.015 obras)

Esta Sección es la más copiosa. Por ello está divididas, a su vez, por materias, con los siguientes apartados principales:

V.1 Temas comunes a todos los Derechos forales.

V.2 Estudios de fuentes e historia del Derecho e instituciones del Reino de Aragón.

V.3 Aragón: Desde los Decretos de Nueva Planta al Apéndice de 1925.

V.4 La Compilación: antecedentes y reformas. Otras leyes civiles aragonesas.

V.5 Parte general del Derecho.

V.6 Persona y familia.

V.7 Sucesiones por causa de muerte.

V.8 Derecho de bienes.

V.9 Derecho de obligaciones.

V.10 El Derecho fiscal y procesal. Otras materias.

Junto con la sección anterior, proporciona la mayor parte de las referencias necesarias para el estudio de cada una de las instituciones del Derecho civil aragonés, en su situación actual o del inmediato pasado.

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Grabado de la Biblioteca Antigua de Latassa.

Grabado de la Biblioteca Antigua de Latassa.

6. OBRAS AUXILIARES
(202 obras)

Esta sección, por su propia naturaleza, es heterogénea.

Además de diversas piezas menores o de circunstancias, o referidas a juristas aragoneses y su entorno profesional, recoge un número importante de obras no jurídicas que tienen utilidad conocida en algún aspecto para el estudio del Derecho aragonés, histórico o vigente.

En la selección juegan inevitablemente puntos de vista subjetivos, pero básicamente responde a la experiencia de los continuadores de la escuela del Profesor Lacruz Berdejo: el conocimiento de la historia es imprescindible para comprender el Derecho aragonés, y el dato erudito o la reflexión cultural son asimismo elementos integrantes de su trabajo.

La Crónica de Vagad, la obra capital de Blancas, ensayos y estudios sobre los orígenes del Reino, así como las Bibliotecas de Latassa o diversos formularios notariales tienen cabida en esta Sección.

Son éstas sus divisiones principales:

VI.1 Bibliografía, recensiones y reseñas. Metodología docente e investigadora.

VI.2 Juristas y escritores aragoneses, academias o escuelas jurídicas, consejos de estudios, colegios profesionales, jornadas, noticias.

VI.3 Historia general de Aragón.

VI.4 Ediciones de formularios y documentos de aplicación del Derecho. Otras.

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Legajos.

7. ALEGACIONES EN FUERO Y DERECHO (4.483 obras)

Las Alegaciones son, ciertamente, papeles impresos, pero no libros ni cuadernos o folletos que se publicaran y pudieran adquirirse en el mercado cuando se imprimieron (la mayor parte en el siglo XVII).

Son escritos procesales que se imprimían, en principio, sin otra finalidad que la de hacer llegar copias a la otra parte y a los jueces. Se conservan colecciones muy voluminosas y desordenadas de ellos en la Biblioteca de la Universidad de Zaragoza y en el Colegio de Abogados de Zaragoza. No siempre son, técnicamente, alegaciones, sino que hay también memoriales, motiva et vota y otros géneros procesales, así como algunos papeles varios.

En los últimos años ha emprendido la catalogación de las piezas conservadas en la Biblioteca de la Universidad de Zaragoza, para el Catálogo del Patrimonio Bibliográfico, un equipo dirigido por Dña. Mª Remedios Moralejo. BIVIDA incorpora una parte importante de estas Alegaciones, de autores, fechas y asuntos jurídicos muy variados.

Esta sección contiene también unas decenas de Alegaciones sobre dos cuestiones de particular interés (el pleito del virrey extranjero y el privilegio de veinte de la Ciudad de Zaragoza) procedentes del Colegio de Abogados. También, algunas piezas conservadas en la Biblioteca de las Cortes de Aragón y en la Biblioteca de Aragón. Para los especialistas en Derecho aragonés y su historia, puede decirse que son obras inéditas, aunque se imprimieran con ocasión del pleito de cuyos actos forman parte. A partir de ahora serán, pensamos, objeto de estudio fructífero.

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BIBLIOGRAFÍA:

LALINDE ABADÍA, Jesús, "Vida judicial y administrativa en el Aragón barroco", Anuario de Historia del Derecho Español, tomo LI, 1981, págs. 419-521.

BELLIDO DIEGO-MADRAZO, Daniel, "La colección de alegaciones en Derecho del Real e Ilustre Colegio de Abogados de Zaragoza (I). El Dr. Aramburu de la Cruz y sus alegaciones", RDCA, 2000 (VI), núm. 2, págs. 103-135.

Jesús Delgado Echeverría
Catedrático de Derecho Civil

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