363 LAS CIUDADES Y LA ORDENACIÓN TERRITORIAL Finalmente este Plan Director no llegó a ser ap robado, al no coin- cidir su ámbito con el de la Entidad Metropolitana de Barcelona recién constituida. Por esta razón se decidió elaborar un Plan General de Or- denación Metropolitana que se ajustase al ámbito de aquélla y que fue aprobado definitivamente en 1976. 2.- Las transformaciones en las grandes ciudades. Una nueva realidad metropolitana Desde finales de los setenta al momento actual se han producido una serie de transformaciones importantes en distintos ámbitos (político, jurídico-organizativo, económico, social y territorial) que han afectado muy especialmente a las grandes áreas urbanas y han dado al fenómeno metropolitano una nueva dimensión. En primer lugar, hay que tener en cuenta lo que ha supuesto el establecimiento en el Título VIII de la Constitución de una nueva estructura territorial de poder (7), concretada en los Estatutos de Autonomía y en la Ley Reguladora de Bases de Ré- gimen Local (en adelante LRBRL): aparición de una nueva instancia te- rritorial, la Comunidad Autónoma, a la que se atribuyen importantes competencias espaciales, entre otras la de ordenación del territorio y ur- banismo y reforzamiento de la posición de las entidades locales, a las que se reconoce autonomía para la gestión de sus intereses. Esta rees- tructuración del poder territorial y la consiguiente redistribución de las competencias espaciales provoca que las distintas instancias estén habi- litadas para intervenir sobre un mismo ámbito espacial, adquiriendo esta concurrencia una especial intensidad en los espacios metropolitanos. En segundo lugar, las grandes áreas urbanas de nuestro país se ha- llan inmersas en un proceso de transformación, consecuencia de los fac- tores económico-sociales que caracterizan nuestro tiempo, que las con- vierten en centros estratégicos para el desarrollo regional, nacional y europeo. De tal forma que el hecho metropolitano excede en la actuali- dad el interés estrictamente local, afectando a intereses superiores. Los problemas y las oportunidades generados en las grandes áreas urbanas no pueden ser abordadas con garantía únicamente desde las instancias locales, haciéndose necesaria la intervención coordinada de las demás instancias territoriales. (7) Sobre el tema de la estructuración territorial del poder y la distribución de com- petencias territoriales, véase L. PAREJO, «La organización administrativa de la ordenación del territorio», RDU núm. 105, págs. 13 y ss. 1985. Véase también de este autor La orde- nación del territorio y el urbanismo, capítulo XIV, Manual de Derecho Administrativo, Ariel, Barcelona, 1992.