52 HISTORIA DE ARAGÓN lo que tuvieron su padre y sus hermanos, no habiendo sido dismi- nuidos («cum tocius regni Aragonensis integritate, sicut pater meus Sancius rex vel fratres mei Petrus et Illefonsus melius umquam habuerunt vel tenuerunt, ipsi vel utriusque sexus homines per eos»). Sí son de libre disposición las conquistas territoriales realizadas por cada monarca. Pero si tales conquistas pasasen a su heredero primogénito, se convertirían en patrimoniales y ya no podrían divi- dirse. Todo rey tiene posibilidad de disponer de sus bienes propios, en cuanto que es persona civil, pero no los del reino. Y esto se refiere tanto a los bienes heredados como a los adquiridos, si bien muchas veces la diferenciación de bienes públicos y privados resultó muy difícil de realizarla. Y también pudo heredar a sus hijos con deter- minadas rentas reales, situadas en cualquier parte de sus territorios. Queda por señalar finalmente la última forma legal de acceder al trono aragones: el «prohijamiento artificial». Cabe la posibilidad de que dos o varias personas se prohijen, mediante distintas variantes: Una persona mayor de edad prohija a otra más joven, siendo considerado el mayor como padre—madre; la menor, como hijo— hija. Puede darse el caso inverso, que el menor prohije al mayor, pero no es frecuente. Dos personas se prohijan mútuamente. Cada uno considera al otro como padre—madre y como hijo—hija. No importa la edad de los mismos, siempre que estén en condiciones legales de hacerlo. Este prohijamiento produce los mismos derechos que los origi- nados por la descendencia directa, si así se acuerda («standum est chartae»). En Aragón se conocen dos prohijamientos, que tuvieron trans- cendencia desigual: el realizado por Ramiro II y García Ramí rez el Restaurador, en 1135; y el de los reyes Sancho el Fuerte de Navarra y Jaime I de Aragón, en 1231. Del primero conocemos sólo las refe- rencias cronisticas y su plasmación en algunas datas documentales, como señalo en otra parte47. 47 Ver la página 145 y siguientes de este libro.