Comunicación del Gobierno de Aragón sobre política demográfica de febrero de 2000 se señalaba que el grado de envejecimiento de los municipios aragoneses es muy alto y pone en peligro su supervivencia a medio plazo para ocho de cada diez de ellos, cuya situación es de agotamiento poblacional. La Comarca debe cumplir además, una función de equilibrio territorial como demarcación de solidaridad; mantener el territorio vivo exige garantizar la accesi- bilidad de la población a todos los servicios básicos, aunque ello obligue a que la Comunidad Autónoma asuma, en cierto número de casos y por razones previa- mente justificadas, el gasto adicional necesario. Eso no es posible asumirlo para todos los municipios pero sí para un determinado número de comarcas. Por tanto, se trata de introducir un nivel territorial que favorezca la modernización de la estructura local aragonesa, mediante la institucionalización como Entidades locales de ámbitos territoriales más amplios, adaptados a las necesidades actuales de prestación de los servicios públicos y basados al mismo tiempo en tradiciones, cul- tura, relaciones económicas y de todo tipo. En este sentido, la comarca puede ser el más adecuado y activo protagonista y gestor de las directrices de política territorial. Como establece el preámbulo de la Ley 10/1993, de 4 de noviembre, de Comar- calización de Aragón, la creación de la comarca como entidad local no pretende cuestionar ningún otro nivel de la Administración local. Es cierto que, limitadas la competencias públicas, su puesta en marcha ha de llevar consigo una cierta redis- tribución de las funciones y actividades ejercidas por otras Administraciones, como ya admitió la sentencia del Tribunal constitucional de 28 de junio de 1981. Pero si ello ha de suponer una más eficaz prestación de los servicios públicos, habrá de afrontarse. Las Administraciones Públicas están al servicio del ciudadano, no al contrario, y en ello encuentran su justificación. La creación de la comarca ha de repercutir necesariamente en los otros niveles de Administración local, municipios, provincias, mancomunidades y también en la Comunidad Autónoma, determinando una nueva redistribución de competencias y funciones que debe clarificar las distintas responsabilidades de los mismos. 2. COMARCAS Y MUNICIPIOS Como ya hemos dicho anteriormente, la comarca parte del respeto a los munici- pios preexistentes y pretende precisamente hacer posible la subsistencia de muchos de ellos en el futuro, dada la riqueza democrática que aportan a la defen- sa de su población y territorio. Ello supone renunciar a una reforma drástica del mapa municipal, pues la comarca tratará de suplir las insuficiencias de los muni- cipios más pequeños y débiles, respetando su pervivencia. En este sentido, la Comarca aragonesa se planteó, desde el primer momento, no como una imposición de la Comunidad Autónoma, sino con un carácter funda- mentalmente municipalista, tanto en su origen como en su configuración. 174 El proceso de comarceliiatián de Aragón