El estudio de las divisiones administrativas eclesiásticas y civi- les aragonesas constituye un tema difícil, ya que apenas cuenta con unas líneas escritas en qué apoyarse, la documentación no se loca- liza o se ha perdido, y las menciones necesarias —sobre todo en el campo de lo civil— no aparecen en la fragmentaria que se ha publicado. La mayor parte de las afirmaciones sobre las divisiones civiles recogidas hasta ahora —algunas nó correctas— descansan en una página escrita y publicada por Ignacio de Asso en el siglo XVIII: «El reino de Aragón se dividía antiguamente en doce Sobrecogidas, que poste- riormente se llamaron Veredas, y eran Jaca, Aínsa, Ribagorza, Tarazona, Huesca, Barbastro, Calatayud, Zaragoza, Daroca, Montalbán, Alcafiiz y Teruel. Este repar- timiento era relativo a la recaudación del maravedí, y de otros impuestos y al asiento de las Aduanas o Tablas del General. En lo concerniente a los asuntos de policía es- taba dividida la mayor parte del Reino en las seis Juntas de Zaragoza, Huesca, Ja- ca, Sobrarbe, Ejes y Tarazona, porque en esta división no se comprendían las Co- munidades de Calatayud, Daroca, Teruel y Albarracín, que eran como pequefas re- públicas, sujetas sí al mismo soberano, y a las providencias gubernativas del Consi- torio de la Diputación sobre sisas, impuestos, comercio y otros puntos semejantes; pero que en lo político y económico se regían por sus Ordenanzas particulares, cu- ya ejecución estaba encomendada a los Oficiales nombrados en las Juntas o Plie- gas generales de la Comunidad. Cada una de las expresadas Juntas se gobernaba por un Sobrejuntero, y cuatro Lugartenientes adjuntos, cuyos salarios pagaban los pueblos con el título de Pace- das, y a razón de 10 sueldos por cada lugar de mercado, y 5 de los que no tenían este privilegio. La obligación y cargo de los Sobrejunteros era ejecutar las senten- cias de los Jueces y Tribunales superiores de Zaragoza, apremiar a los morosos pa- ra el pago de las contribuciones, prender a los delincuentes, perseguir a los ladro- nes, vagabundos y malhechores, y conservar la paz y la tranquilidad en sus respec- tivos distritos, como puede verse más largamente en nuestros Fueros, y en los Co- mentarios de Bardaxí.