12 Ignacio de Torres-Solanos García de l3ustelo tradicional de cuatro barras rojas en fondo amarillo". El decreto 97/1981 de 2 de abril que precisa las características del Signo de la Generalítat, en su art.10 a) nos dice que estará formado por dos óvalos "... con las cuatro barras inscritas" . En lugar alguno nos dicen que las barras tienen que ser horizontales, verticales, o ladeadas a la derecha o a la izquierda. Es decir, se pongan como se pongan las barras, oficial y legalmente éstas son siempre catalanas. Nosotros también teníamos razón porque las barras que están en el escudo de España (y más al tiempo de poner los vitrales en la Rotonda del Palacio de justicia) son las tradicionales aragonesas, siendo el Señal de la Monarquía Aragonesa la cual, junto con la Monarquía Caste- llana, dio origen a España cuya representación es el escudo nacional oficial. Nunca fueron catalanas la bandera y el señal o escudo cuatribarrados por la muy simple razón de que cuando las usaban en el Medievo, Cataluña como entidad política o histórica no existía; y también porque los distintos condados sólo eran una fracción de la Monarquía Aragonesa cuya cabeza era el Reino de Aragón. No obstante lo dicho arriba, hoy día oficial y legalmente las solas cuatro barras rojas en fondo amarillo es el signo distintivo de la Generalitat y Comunidad Autónoma Catalana. Es su trade mark e. Estas entidades, y posiblemente cualquier ciudadano avecindado en esa Comunidad (y acaso los avecindados aquí) quizás puedan demandar a cualquiera que use dichas barras como distintivo propio, inclu- so aunque sea un partido político o los taxis de Zaragoza (y al Ayuntamiento de la Ciudad por autorizarlas). II. BARRAS DE ARAGÓN Antes de entrar en el estu dio de las "barras" tendremos que examinar el origen de ellas. Como veremos (Relación Cronológica: Mayoría de Edad de Alfonso II, letra b), el origen cierto de ellas fue la voluntad soberana del Monarca arago- nés de utilizar tal diseño como pendón, señal y divisa del Reino de Aragón, de la Monarquía Aragonesa, del mismo monarca y de sus descendientes, en sustitución de la señal antigua que era la Cruz de Aínsa o Cruz de Íñigo Arista (Ilustración 1. Gaillard, G. NAVARRE ROMANE, Introduction Zodiaque MCMLXVII). Esta deci- sión la adoptó como consecuencia, pretexto más bien, de la toma de Cuenca el 21 de septiembre de 1 177 (cumplidos los 20 años de edad y a casi 4 años de su mayo- ría de edad) que hizo en ayuda y conjuntamente con su suegro Alfonso VIII de Castilla quien, agradecido, le liberó de su condición de feudatario en la ciudad de